|
|
|
|
|
|
|
|
|
Transferencias
Estudiante nacional
de nuevo ingreso Esta categoría corresponde a aquellos que nunca han cursado estudios
superiores o que habiéndolos iniciado, los suspende por un período
igual o mayor a cinco años. |
|
|
Normativos |
|
|
|
académicos |
|
|
|
|
|
La Universidad establece lo siguiente:
- Solicitar formalmente a la Dirección de Registro la transferencia,
con previa
presentación de la constancia de saldo de cuenta.
- Obtener la aprobación de la Vice-Rectoría Académica
en la Sede o la
Coordinación Académica en los Recintos, previa revisión
del expediente por la Dirección de Registro.
- Aprobada la transferencia, el estudiante presenta la solicitud sellada
y firmada a Tesorería y realiza el pago correspondiente.
|
|
|
El estudiante de un Recinto no podrá cursar asignaturas en otro
Recinto, salvo el caso de que haya obtenido la transferencia previamente
autorizada. |
|
Derechos
reservados (R), Septiembre del 2001
Santiago de los Caballeros, República Dominicana |
|
|